lunes, 18 de febrero de 2019

Escuela Clásica (Siglo XVIII)


Escuela Clásica (Siglo XVIII)

El enfoque general de la segunda entrada es el exponer una evolución de la Criminología que lleve al estudiante por el paso del tiempo de una manera sencilla pero concisa de entender. La Escuela Clásica es importante porque comienza a desligarse, gracias a la época de ilustración que se mostró en la entrada anterior.
El comienzo se da a finales de la época de luz, donde se le va dando un enfoque jurídico más que un proceso religioso. Entonces comienza a tomar forma a estar más cerca de lo que se conoce como “Criminología”. Frente a este punto es importante reconocer el trabajo y trayectoria de filósofos que generan aportes significativos para la Escuela Clásica.
Los postulados de la Escuela Clásica llegan a moldear la estructura y formalidad del siglo, donde se van juntando los puntos importantes de los filósofos y se crea un solo movimiento, cuando se habla de un postulado es entender que es una expresión que no ha sido comprobado científicamente, pero presentan una verdad, cuando se acepta un postulado es por el hecho de no haber otro argumento que pueda o reforzarlo o superarlo.
Se expondrán pensadores de la época como Giovanny Carmignani, que trata de explicar las sanciones que se le pone a un acusado, lo que se conoce como “Criminal” Jeremy Betham, Pellegrino Rossi, filosofo que infiere con la teoría y la moral. También se reforzarán el conocimiento con una tabla de postulados que es de suma importancia manejar para entender el orden público y jurídico, junto al caminar por el refuerzo de conocimientos y formación profesional se genera un glosario de términos que hace formar una conceptualización con mayor claridad.
También se hará mención de una escuela que tiene contra parte a la Escuela Clásica, comentándose sobre la Escuela Correccionista, un ente que nace para desarrollar la corrección en el delincuente para que cambie y ambiciona el poder mejorar al delincuente de modo tal que disminuya lo dañino y preserve una seguridad pública en general.
Como un proceso audiovisual se plantean videos que ayuden a formar a un estudiante como un profesional, con diferentes técnicas didácticas y se emplea en hace que se entienda mejor poniendo videos referentes a temas específicos de la Escuela Clásica ya que la materia suele ser muy pesada y cargada en información.
Más a ello el tiempo de la Escuela Clásica surgen las nuevas clases sociales, los negocios y demás que dan comienzo a nuevas hordas de criminalidad producto de la desigualdad social y con esto exige a los influyentes directos que buscaban el orden y seguridad a establecer bases más fuertes con métodos de formación más exigentes. Entonces se puede evidenciar que a mayor división social, mayor es el desarrollo del crimen por una desigualdad marcada de condiciones que hace cada vez más ver la dificultad de subir de clase social y el producto de ello más bien es el delito como tal.


Tabla 1. Glosario de Términos
Concepto
Definición
Emanación Divina
Se entiende por emanación Divina, cuando se crea una totalidad de una corriente religiosa, creencias y tranquilidad en el alma.
Inmutable
El que un caso sea inmutable se hace referencia a no ser cambiado ni alterado. Ejemplo “El sujeto recibe pena perpetua y será inmutable ante una negociación referente”.
Improrrogable
Es el hecho de no prolongar una acción o un suceso y se puede dictar al tener prisa de solucionar un caso.
Método Deductivo
La deducción parte de la recopilación de premisas/Datos/Fundamentos para generar conclusiones.
Método Silogístico
Es una manera de razonar, posee dos variables: Deductivo o Inductivo, pero lo que la diferencia de la anterior es que en esta se usa dos premisas y una conclusión.
Moralmente Imputable
La imputabilidad es el poder entender a nivel personal que la conducta puede dañar a otros cuando se añade la moral se puede referir a los valores que refuerzan la concientización.
Sanciones Aflictivas
Son las penas más graves del Código Penal.
Tutela Jurídica
Se crea la tutela jurídica para certificar el cumplimiento normal de las normas y equilibrar las relaciones interpersonales.

Escuela Clásica
La Escuela Clásica se basaba en un derecho que ya estaba establecido en el ser humano, teniendo como principales filósofos a Cesare Beccaria y Francisco Carrara, su enfoque es desligar el delito y el delincuente del ámbito religioso y verlo como un proceso jurídico. Gracias a los conjuntos de hechos se el fin de la injusticia que el derecho penal caracterizaba.
Al hacer referencia de la Escuela Clásica se deber hacer mención especial a Beccaria quién sienta principios de esta corriente en el “Divino Marquéz” que es un precursor de este gran movimiento y porta significativamente a la historia, así como Beccaria se forman conceptos y momentos, es por eso que dentro de la Escuela Clásica se fortalece de postulados que hacen el paso por la historia a partir del siglo XVIII. A continuación se exponen cinco postulados de la Escuela Clásica:


Tabla 2. Postulados de la Escuela Clásica
Postulado
Concepto
Igualdad
Es el partir de tener las mismas condiciones y derechos entre todas las personas. Es el hecho de nacer libre y en igualdad.
Libre Albedrío
El Libre Albedrío se resume como la noción de que una persona nace con el bien y el mal incluido, pero también es dotada de poder elegir cuál camino
Entidad del Delito
El delito es de carácter jurídico y debe analizar con un método científico para poder tener bases y marcar fundamentos.
Impunidad Moral
La impunidad moral es una consecuencia al libre albedrío ya que si una persona está diseñada para elegir entre el bien y el mal y llega a escoger el mal debe hacerse responsable por la conducta expuesta.
Método Deductivo
Es el tener la capacidad de generar conclusiones a partir de premisas. Esto adelanta respuestas a la sentencia  de un caso o situación

Investigadores, Filósofos y Precursores de la Escuela Clásica

Cesare Beccaria (1738-1774)
Es el autor de “Delitos y Penas” Trattato dei delitti e delle pene. Se afirma que finaliza con la barbarie y la injusticia que el derecho procesal penal dirigía. De igual manera al reconocimiento de las garantías individuales.

Pellegrino Rossi (1787- 1848)
Importante rescatar que Rossi fue asesinado culpa de los pensamientos políticos que poseía, aportó con su obra “Teoría de las Penas y de las Recompensas”. Rossi formaba un pensamiento donde podía exponer que existía un orden moral que todos debían de seguir, de esta forma todos debían también aplicar esto a la sociedad ya que el individuo está hecho para vivir y servir a la sociedad.
Rossi argumenta que la posibilidad de juzgar la tiene el “superior”, se entiende que superior a nivel de inteligencia y por eso no desliga que una persona inteligente pueda llegar a juzgar.

Giovanni Carmignani (1768-1847)
Un importante actor dentro de la Escuela Clásica es Giovanni Carmignani quién intenta exponer el castigo que se le dicta a un criminal cuando este comete un delito. Posee una obra reconocida la cual es: Elementa iuris criminalis, donde propone el orden social como la fuente y la ley moral como el límite. Estas importantes obras moldean la historia de la Criminología colocándola sobre una línea temporal.

Francisco Carrara (1805 – 1888)
Algunos lo consideran como el Padre de la Escuela Clásica del derecho penal, autor del libro Programa di Diritto Criminale. Se considera padre de la Criminología porque crea el término de la evolución de la Escuela Clásica. Carrara posee un conjunto de Doctrinas que se Exponen en el libro Apuntes acerca de dos escuelas criminológicas: Clásica y Positivista por tres compiladores y autores en el 2012. México:
  1. El Derecho es Connatural al Hombre
  2. La ciencia del derecho criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral, preexistente a las leyes humanas.
  3. El delito es un ente jurídico que reconoce dos fuerzas esenciales

Carara enuncia que la pena no debe cargar la mano de la tutela jurídica, ya que si se sobrepasa ya no es protección del derecho sino violación de este. La imputabilidad penal se respalda am partir del libre albedrío. Se expone que la base de la teoría de la Criminología Clásica estaba apoyada sobre la teoría del contrato social.
Para concluir, la Escuela Clásica es el punto de partida jurídico y el de moldear el comportamiento de la ciudadanía ante el delito y el delincuente. Es importante reconocer que atrae mucha información que actualmente se ve dentro del diario vivir. También se resume en desligar el delito y el delincuente del ámbito religioso y verlo como un proceso jurídico.
Dentro de esta corriente se conoce la moral y el libre albedrío donde las personas deben ser consientes de la responsabilidad que poseen cada uno para con el orden público.  Para reforzar los conocimientos de la materia, se adjuntará el link de un vídeo que recolecta lo más importante de la escuela clásica y lo expone, de igual forma se dejará el link donde se pueden encontrar dos libros que serán de gran ayuda ante el fortalecimiento del estudio de la Criminología.



Material de Refuerzo Didáctico
Libro:La Teoría de la Pena en el pensamiento de Francesco Carrara
Link: http://publicaciones.eafit.edu.co/index.php/nuevo-foro-penal/article/download/4165/3420/

Libro: Tratado de los Delitos y las Penas, Cesare Beccaria
Link: https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/20199/tratado_beccaria_hd32_2015.pdf?sequenc=5


Referencias Bibliográficas


Alvares Díaz, G., Montenegro Nuñez, M., & Martinez, J. M. (2012). Notas para la Historia de la Criminologia. México: Facultad de Psicología, UNAM.
Alvarez DÍaz de León, G., Montenegro Núñez, M., & Martinez, J. (2012). Apuntes acerca de dos escuelas criminológicas. México: Facultad de Psicología UNAM.
Nava, V. (Dirección). (2018). CRIMINOLOGÍA CLÁSICA [Película]. Obtenido de https://www.youtube.com/watch?v=IVCuve_APkE


4 comentarios:

  1. gracias por la ayuda soy estudiante de derecho de todas las paginas o blooog no me pudieron hacer entender como esta muchas gracias

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  2. excelentes comentarios y ayuda a salir de la ignorancia. gracias

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  3. Una buena explicación felicidades

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  4. Breve y descriptiva la información. Estudiante de Derecho

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